Tasa del IGV en Perú: 2026, 2027 y tasa MYPE
La tasa general del IGV en Perú es 18 % y lo seguirá siendo en 2027. Lo que cambia año a año es cómo se reparte ese 18 % entre el IGV y el Impuesto de Promoción Municipal (IPM). Aparte, las MYPE de restaurantes y hoteles tienen una tasa reducida temporal. Aquí tienes las tasas vigentes, las que vienen y qué significan en la práctica. Para hacer el cálculo con cualquiera de estas tasas, usa la calculadora IGV Perú.
Tasa general: 18 % (IGV + IPM)
Desde marzo de 2011 la tasa total es 18 %. Hasta 2025 se componía de 16 % de IGV y 2 % de IPM. La Ley N.° 32387 aumenta el IPM de forma gradual y reduce el IGV en la misma medida:
| Año | IGV | IPM | Tasa total |
|---|---|---|---|
| Hasta 2025 | 16% | 2% | 18% |
| 2026 vigente | 15.5% | 2.5% | 18% |
| 2027 | 15% | 3% | 18% |
| 2028 | 14.5% | 3.5% | 18% |
| 2029 en adelante | 14% | 4% | 18% |
Fuente: SUNAT, concepto, tasa y operaciones gravadas.
¿Qué cambia para ti?
- Si compras o vendes al público: nada. El precio con impuesto se sigue calculando con 18 %: un producto de S/ 100.00 sin impuesto cuesta S/ 118.00 en 2026, en 2027 y en 2029.
- Si llevas la contabilidad: el impuesto se divide de otra forma. En 2026, de cada S/ 18.00 de impuesto, S/ 15.50 son IGV y S/ 2.50 son IPM; en 2027 serán S/ 15.00 y S/ 3.00. Tu sistema de facturación y tu contador deben usar el reparto del año. La calculadora de IGV muestra ese desglose para 2026 y 2027.
Tasa reducida para MYPE de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos
La Ley N.° 31556, modificada por la Ley N.° 32219, fija un IGV especial y temporal para micro y pequeñas empresas de estos rubros. A ese IGV se suma el IPM del año:
| Año | IGV | IPM | Tasa total |
|---|---|---|---|
| 2025 | 8% | 2% | 10% |
| 2026 vigente | 8% | 2.5% | 10.5% |
| 2027 | 12% | 3% | 15% |
La tasa especial está prevista hasta el 31 de diciembre de 2027. Desde 2028, salvo que una nueva ley diga otra cosa, estas empresas volverían a la tasa general.
¿Quién puede aplicarla?
Según SUNAT, deben cumplirse todas estas condiciones:
- Ser micro o pequeña empresa (persona natural o jurídica) afecta al IGV, con ventas anuales de hasta 1700 UIT.
- Tener como actividad principal restaurantes, hoteles o alojamientos turísticos.
- Que al menos el 70 % de los ingresos provenga de esas actividades.
- No tener vinculación económica con otras empresas o grupos económicos.
Los contribuyentes del Nuevo RUS no están afectos al IGV, así que esta tasa no les aplica. Las empresas que la usan pueden seguir tomando el crédito fiscal de sus compras con IGV de 18 %. Puedes verificar si un negocio figura con estas actividades en la consulta de restaurantes y hoteles de SUNAT. Detalle completo en SUNAT Emprender.
Ejemplo con la tasa MYPE
| Precio total | Año y tasa | Valor de venta | IGV |
|---|---|---|---|
| S/ 13.00 | 2026 · 10.5 % | S/ 11.76 | S/ 1.24 |
| S/ 80.00 | 2026 · 10.5 % | S/ 72.40 | S/ 7.60 |
| S/ 80.00 | 2027 · 15 % | S/ 69.57 | S/ 10.43 |
| S/ 80.00 | Tasa general · 18 % | S/ 67.80 | S/ 12.20 |
Si mantienes el precio de la carta en 2027, la parte que se queda el negocio baja: de S/ 72.40 a S/ 69.57 en un plato de S/ 80.00. Puedes simular ambos años en la calculadora eligiendo la tasa MYPE y el año.
Operaciones que no pagan IGV
Algunas operaciones no están gravadas: las exportaciones de bienes y ciertos servicios, y los bienes y servicios exonerados que figuran en los Apéndices I y II de la Ley del IGV. También hay operaciones inafectas. En esos casos no se suma el 18 %. Si tienes dudas sobre cómo aplicar el impuesto en un comprobante, revisa cómo calcular el IGV con ejemplos. Como las listas cambian, revisa la información de SUNAT o consulta a tu contador.
Revisado el 13 de octubre de 2026. Información general, no asesoría tributaria. Ver aviso legal.